Publicado el lunes 21 de noviembre del 2011 EL NUEVO HERALD
Oscar Espinosa Chepe
La legislación que autoriza la compraventa y otras operaciones con la vivienda en Cuba, mediante el Decreto-Ley No. 288 y varias resoluciones ministeriales complementarias, entró en vigor el 10 de noviembre.
Las nuevas normas jurídicas reconocen la compraventa, permuta, donación y adjudicación –por divorcio, fallecimiento o salida definitiva del país del propietario– de viviendas entre personas naturales cubanas con domicilio en el país y extranjeros residentes permanentes. Con esa decisión se eliminan las autorizaciones de las Direcciones Municipales de la Vivienda, acordándose las transacciones entre las personas a través de un notario público. Por más de 50 años la compraventa de viviendas estuvo prohibida en Cuba, mientras las permutas fueron rígidamente controladas. Sólo eran permitidas mediante el intercambio de inmuebles equivalentes, sin posibilidad de compensaciones monetarias, aunque en la práctica las prohibiciones se violaban con entregas de dinero por debajo de la mesa.
El Decreto-Ley No. 288 y las resoluciones ministeriales complementarias pueden calificarse de paso positivo, al reconocer y legalizar la propiedad privada en Cuba, al mismo tiempo que reducirá la corrupción y el exceso de trámites. Asimismo permitirá cierto reacomodo en la posesión de las viviendas. No obstante, requerirá de otras medidas, como el término del inconstitucional Decreto 217 y otras regulaciones impuestas para impedir la libertad de migración interna, con lo cual persiste un serio obstáculo legal para realizar compraventas, permutas y otras operaciones relacionadas con la vivienda de personas del interior del país que quieran establecerse en La Habana, con limitaciones incluso dentro de la capital para mudarse para algunos municipios dentro de ella. Sin olvidar que existen normativas similares para áreas declaradas como zonas de alta significación para el turismo.
Al mismo tiempo representa un elemento positivo, pero incompleto, que las personas que quieran residir en el exterior puedan disponer de sus propiedades antes de la salida o ser transmitidas a sus familias, con lo cual termina la injusta y cruel práctica de confiscar los bienes a quienes tomaban la decisión de marcharse del país. Sin embargo, lo realmente correcto sería respetar la titularidad a esos ciudadanos, como se hace en el mundo entero, con la consiguiente modificación de las absurdas y caprichosas leyes migratorias vigentes que convierten en extranjeros –o en peor categoría– a los compatriotas que deciden residir permanentemente en el exterior. Un proceder discriminatorio que está en completa contradicción con el trato que se brinda a los cubanos que tienen un Permiso de Residencia en el Exterior (PRE), a quienes se les respeta sus propiedades en la Isla.
Resulta previsible que a partir de ahora crecerán las actividades constructivas para la reparación de viviendas, al pasar a manos de personas con mayores ingresos económicos. No obstante, esta medida presentará nuevos retos a la sociedad. En primer lugar, no resuelve la difícil situación habitacional existente, que requiere el incremento de la edificación de nuevas viviendas, teniendo en consideración que el déficit actual puede ser superior al millón de unidades. Esto unido al estado crítico del fondo habitacional por tantos años sin un adecuado mantenimiento y atención. Por otra parte, la mayoría de las personas no podrán adquirir una vivienda, dados sus exiguos ingresos, con un salario medio mensual de 448 pesos, equivalentes a 18 dólares al cambio oficial. Los ciudadanos con posibilidades de adquirir viviendas serán quienes reciban remesas de la comunidad cubana en el exterior o hayan podido acumular recursos financieros como resultado de su trabajo, fundamentalmente campesinos, algunos artistas y escritores, y aquellos que capitalizaran al margen de la inflexible legalidad establecida.
Esta legislación podría provocar una estratificación adicional de la sociedad cubana y aumentar los sentimientos de desprotección ya existentes en los sectores más humildes, que aprecian que la brecha social se amplía progresivamente, sin que existan vías para mejorar los niveles de vida a través del trabajo. Esto podría aliviarse con el aumento de la construcción de viviendas mediante la creación de pequeñas y medianas empresas o cooperativas reales, que junto a las empresas estatales, eleven los bajísimos niveles constructivos actuales. Sería conveniente crear esquemas de financiamiento que permitan a personas de menores ingresos contar con una vivienda, y que esto no sea solamente una oportunidad para un sector reducido de la población. La falta de vivienda que provoca el hacinamiento de varias generaciones en pequeños espacios es fuente de muchísimos conflictos, y uno de los factores que está provocando el retroceso demográfico, así como el éxodo particularmente de jóvenes en busca de mejores condiciones de vida en el exterior.
La solución del crítico problema de la vivienda, como la de otros muchos que lastran la sociedad cubana, será imposible de resolver sin eliminar de raíz las fracasadas concepciones y el disfuncional modelo económico, político y social que han llevado al país al desastre y son liberadas las fuerzas creativas de los cubanos.
El Decreto-Ley No. 288 podría constituir un primer paso racional para la solución del problema de la vivienda, pero serán necesarios muchos más para resolver las dificultades surgidas debido a más de 50 años de implantación de medidas absurdas y desatención a este importante aspecto de la vida ciudadana.
Economista y periodista independiente cubano.